En este orden de ideas, esta Instancia Agraria, una vez analizadas las normas transcritas, observa que se encuentran llenos los extremos requeridos para considerar válido el desistimiento efectuado, en consecuencia de lo cual, imparte su Homologación, por cuanto no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, se da por consumado el acto y se procede en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo, se ordena el desglose del documento inserto al folio dos (02) según lo solicitado, dejando en su lugar copia fotostática certificada. Para la elaboración del fotostato se autoriza al Alguacil del Tribunal. Igualmente se ordena el archivo de la presente causa.
La Jueza Provisoria,
Xiomara Méndez Ramírez. La Secretaria Accidental,
Yilda Cacique Pérez.