PRIMERO: Sin lugar, la apelación interpuesta por la abogada Martta Janeth García de Sánchez, titular de la cédula de identidad número V-9.216.648, en su carácter de apoderada judicial del BANCO BICENTENARIO, Banco Universal, Compañía Anónima, contra la decisión de fecha 8 de noviembre de 2010, dictada por el juzgado primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares intentada por EL BANCO BICENTENARIO, Banco Universal, Compañía Anónima, en contra de los ciudadanos Flora Adelma Pizano Molina, Wilfredo Emiliano Pizano Piñero e Ida Magaly Molina de Pizano, titulares de las cédulas de identidad números E-81.924.297, V-14.924.306 y E-81.703.630, en consecuencia, se condena a los demandados de autos, a pagar las cantidades siguientes:
a) TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 37.500,20), por concepto de monto del contrato préstamo.
b) DIECIOCHO M.....