El Tribunal declaró CON LUGAR, la inhibición propuesta por el abogado Jesús Landinez, en su condición de Juez Suplente del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, fundamentada en la causal establecida en el artículo 82, ordinal 12° del Código de Procedimiento Civil, en el expediente signado con el No.567.