Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos GOMEZ DE YURIO DORIS ALICIA, JUAN ALBERTO JURADO GOMEZ, MARIA ISMELDA GOMEZ Y PEDRO MARIA JURADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.006.541, V-9.460.592, V-3.193.220 Y V-4.829.527 respectivamente, representados por las abogados EGLE CORADI SERRANO LOPEZ Y SUSANA CARVALA CAMPEROS, contra la ciudadana ROSMIRA SARMIENTO GOMEZ, por NULIDAD DE VENTA.
SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.¿
Dada, Firmada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y .....