EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada Magaly Socorro Parra con el carácter de autos, en fecha 28 de septiembre de 2007 contra la sentencia dictada en fecha 20 de septiembre de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada dictada por el a quo en fecha 20-09-2007 que declaró que al abogado Tulio Ernesto Largo, le asiste el derecho a cobrar honorarios profesionales. En consecuencia, una vez quede firme la decisión se continuará con la segunda fase o etapa de retasa. TERCERO: De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte apelante por haber resultado totalmente vencida.Queda así CONFIRMADO el fallo apelado......