Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARÓ:PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto en fecha veinticinco (25) de enero de 2010, por el abogado Pedro Uribe Guzmán, con el carácter de apoderado de la parte demandada, contra el auto de fecha dieciocho (18) de enero de 2010 dictado por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que negó oír la apelación ejercida en fecha ocho (08) de diciembre de 2009 contra la decisión de fecha diez (10) de noviembre de 2009.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha dieciocho (18) de enero de 2010 dictado por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.