DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano IVÁN JOSÉ VÁSQUEZ RICO, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 30-08-1968, de 42 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de Yacomo Vásquez (f) y de María de Vásquez (v), titular de la cédula de identidad N° V-9.994.067, residenciado en Vía Carayaca, sector El Pozo, antigua planta, cerca de la bodega de la Señora Silvia, Parroquia Carayaca a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 3 del Código Penal en relación con el artículo 80 ejusdem, delito cometido en las circunstancias.....