En virtud de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: OTORGA la medida de LIBERTAD CONDICIONAL al ciudadano: LOPEZ CAMACHO JUAN RICHARD, de nacionalidad venezolana, natural de el jordán Estado Táchira, nacido en fecha 01-09-1975, titular de la cedula de identidad V- N° 12.230.070, casado, de profesión Zapatero, residenciado en naranjales urbanización villa paraíso parcela 55 calle 2 vía el nula, de conformidad con lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se establece el presente régimen por el lapso de: UN (1) AÑO Y OCHO (8) MESES Y CINCO (5) DIAS. TERCERO: Se concede al penado LOPEZ CAMACHO JUAN RICHARD, la libertad condicional por el lapso de, UN (1) AÑO Y OCHO (8) MESES Y CINCO .....