Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Luisa Sánchez Guerrero, Defensora Pública Séptima del Circuito Judicial Penal, con el carácter de defensora del acusado Alirio Parada Cuartas, contra la decisión dictada por la abogada Adlin Consuelo Gamez de Espinoza, Jueza Tercera Itinerante de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 20 de agosto de 2015, mediante la cual, declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la medida de coerción personal decretada al mencionado acusado, por la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito en la modalidad de transporte agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149, en concordancia con el artículo 163.11 de la Ley Orgánica de Drogas y uso de documento falso, previsto y sancionado en el artículo 321 y 322 del Código Penal.
Segundo: Confirma en todas y cada una de las partes la decisión señalada en el punto an.....