en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, al acto de composición voluntaria celebrada entre las partes, donde establecieron el lapso de la entrega real, material y efectiva del inmueble consistente en un apartamento signado con el No. 1, ubicado en la Carrera 20 entre Calles 14 y 14, Barrio Obrero, Municipio San Cristóbal, para el día 15 de abril de 2018 y pagar por la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.550.000.000,00) concediéndole el carácter de Sentencia con autoridad de cosa juzgada y dando por terminado el juicio y no se archive el expediente hasta que conste en autos el cumplimiento de lo convenido y aquí homologado