PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial de fecha 22 de octubre de 2009.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD del auto de admisión de la demanda de fecha 15 de octubre de 2008, contentivo del mandamiento de intimación y del decreto de medida de embargo preventivo.
TERCERO: Se declara la NULIDAD del embargo preventivo practicado en fecha 12 de noviembre de 2008 por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por carencia de competencia del mencionado Juzgado Cuarto de Primera Instancia, comitente para la práctica de la medida.
CUARTO: Como consecuencia del punto anterior, SE ORDENA la RESTITUCIÓN INMEDIATA a sus legítimos propietarios, de l.....