Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara EXTINGUIDA Obligación de manutencion que tiene el obligado de autos, ciudadano: ROBERTO ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.450.095; con respecto a sus hijas: DAYANA COROMOTO, YAZMIN ANA IVEH, en virtud que han alcanzado la mayoría de edad, y no se encuentran dentro de las excepciones que establece el literal b del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia quedan excluidas como beneficiarias de la Obligación de manutencion