este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) MENSUALES, que serán depositados en una cuenta de ahorros asignada a la presente causa.
SEGUNDO: Adicionalmente a la deuda pendiente que presenta hasta la fecha por la suma de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00) la cual se compromete a cancelar a partir del lunes 11 de Junio de 2012, por la suma de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) hasta el 10 de Septiembre de 2012.
TERCERO: En el mes de DICIEMBRE el padre se compromete en compra los estrenos del día 24 y del 31 a cada uno de sus hijos. En .....