este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHITA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO: Declara con lugar la solicitud del ciudadano BENIGNO FRANCISCO ROLO SUAREZ, plenamente identificado e autos, y en consecuencia entrega en calidad de DEPOSITO el vehículo MARCA FORD, MODELO F-350,COLOR AZUL, AÑO 82, CLASE CAMION, ANTES TIPO ESTACA HOY TIPO CAVA REFRIGERADA, MARCA TK, USO CARGA, PLACAS 316-MAG, SERAIL DE CARROCERIA AJF37C32999, SERAIL DE MOTRO 6 CIL, mediante DEPOSITO, bajo el cumplimiento de las obligaciones impuestas; de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes la presente decisión. Levántese el acta contentiva de entrega del vehículo sujeta a las condiciones establecidas, hecho lo cual, líbrese oficio al estacionamiento donde se encuentra el vehículo. Firme la decisión remítase la causa, a la .....