Improcedente IN LIMINE LITIS la presente acción de amparo interpuesta por el ciudadano ALBITO MARINO CASTILLO USECHE, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que acordó la RETASA de los honorarios profesionales pagados por el intimante ALBITO MARINO CASTILLO USECHE, a los abogados ALFREDO ENRIQUE DURAN VIELMA Y MARYAN KARINA DURAN RAMIREZ, en fecha 30 de marzo de 2011, en el expediente número 18.141.