PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano ARMANDO NUÑEZ ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° V-3.182.972, asistido por el Abogado RUBEN DARIO MORENO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 15.112, interpuso por ante el Circuito Judicial Laboral de San Cristóbal, la Querella Funcionarial contra la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET).
SEGUNDO: Se declara la cualidad o legitimidad de la parte querellante para interponer y sostener sus derechos en la presente querella funcionarial.
TERCERO: Se declara la caducidad y por tanto la no procedencia del pago de los siguientes conceptos reclamados por el querellante:
PRIMERO: (...) Reclamo el pago del salario a tiempo completo del nivel 409, como pensión de los años 2.000, 2.001, 2.002, 2.003 y 2.004 asignado al cargo de Coordinador Administrativo (...) y las modificaciones de salario de los años posteriores acaecidas en el mencionado instrumento, inconsecuencia demand.....