Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
SEGUNDO: DECLINA la competencia para conocer de la presente causa ante los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa que previa distribución de causa le sea asignada.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los once (11) día del mes de noviembre del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez;
Dr. Carlos Morel Gutiérrez Giménez.-
El Secretario,
Abg. Ángel Daniel Pérez Urbina
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión siendo las dos y cuarent.....