este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA PENA, impuesto al ciudadano: penado LUIS ALBERTO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 11.113.331, obrero y residenciado , Rubio, Estado Táchira , por los delitos de: TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y HURTO CALIFICADO, previstos y sancionados en los artículos 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 455 del Código Penal y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.