Primero: Declara sin lugar el recurso de hecho interpuesto por el abogado Juan María Rosales Castillo, actuando en su propio nombre y representación.
Segundo: Remítase copia fotostática certificada de la presente decisión al Juzgado Primero de de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, donde cursa el expediente N° 17718, contentivo del proceso seguido por Juan María Rosales Castillo, contra Astrid Coromoto Rey Barillas, por aforo de honorarios.