III
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la petición solicitada por suscrita por la ciudadana MARÍA PASTORA BAÉZ de GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.972.106, actuando en nombre propio y en su carácter de Representante Legal de GARBAZ C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de esta Circunscripción Judicial y que consta en autos desde el folio 29 al 39 ambas inclusive, asistida por la abogada DOLORES GREGORIA NIÑO CASANOVA, relacionada con la declaratoria de Perención Breve en el presente juicio.
SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 267,1 del Código de Procedimiento Civil, y Extinguido el p.....