Sobre las motivaciones de hecho, de derecho y Jurisprudencial ya expuestas y analizadas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento efectuada por los ciudadanos ALVARO DE JESUS YAÑEZ MALDONADO, MARIA FANI GARCIA GUZMAN, venezolano el primero, colombiana la segunda, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-3.620.510 y No.E-84.563.476 respectivamente.
SEGUNDO: Queda Disuelto el Vínculo Matrimonial que entre ellos fue contraído, ante el Registrador Civil del Municipio Libertad, hoy Municipio Capacho Viejo del estado Táchira, en fecha 23 de julio de 2013, conforme Acta de Matrimonio No.053.
TERCERO: Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación, se declara Definitivamente Firme.....