Primero: Declara con lugar la inhibición propuesta por la Abogado Gladys Cañas Serrano, Juez Provisorio Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, contenida en acta de fecha 03 de mayo de 2004, por considerar que se encuentra incursa en el numeral 18º, del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, para continuar conocimiento de la solicitud de amparo constitucional interpuesta por Carlos Lorenzo Arreaza Bermúdez, Abogado asistente de la presunta agraviada Asociación Civil Federación de Agricultores y Ganaderos del Estado Táchira Confagan -Táchira, contra la Junta Interventora de Mérida.
Segundo: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los Juzgados Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.