El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declaro LEVANTAR la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 09 de octubre de 2006. Por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se declara terminado el presente juicio y se ordena su archivo