Vista la diligencia estampada en fecha 25/05/2012, suscrita por el ciudadano JOSE ABELARDO DIAZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.830.500 y de este domicilio, asistido del abogado GERMAN CONTRERAS RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 44.314, en la que reconoce el contenido y firma de los recibos de pago exhibidos por la parte demandante y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y por cuanto en la presente causa no hay más actuaciones que practicar archívese el e.....