PRIMERO: Declarar Parcialmente Con Lugar la solicitud de FIJACIÓN de Obligación de Manutención, formulada por LUZDARY TRUJILLO VERGEL, con cédula de identidad No. V-13490731, en su condición de Madre de AVRIL ISABELLA CONTRERAS TRUJILLO, al cargo de YORKY JAVIER CONTRERAS CONTRERAS, con cédula de identidad N° V-17056507, en su condición de padre, ambos de este domicilio
SEGUNDO: Ordenar a YORKY JAVIER CONTRERAS CONTRERAS, con cédula de identidad N° V-17056507 y preidentificado, pagar a partir de esta fecha, Ochocientos Bolívares (Bs. 800,oo) mensuales, equivalente al 30,71 % del sueldo mínimo nacional y a 22,96 unidades tributarias, por concepto de Obligación de Manutención en favor de su hija, doble en diciembre de cada año, mediante depósito bancario y compartir paritariamente los gastos extraordinarios;
TERCERO: Ajustar la mensualidad cuando este justificado en base a la necesidad de la hija y la capacidad económica del Padre, considerando el IPC. del Banco Central