de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que le asiste a los ciudadanos JESUS MARIA MALDONADO ZAMBRANO y su esposa CONSUELO INES CHACON ANDRADE, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 10.852.410 y V- 10.361.696 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante GERALIS NOHELI MALDONADO CHACON,