DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara de oficio la nulidad absoluta de la decisión dictada en fecha cinco (05) de diciembre del año 2018 y publicado su íntegro el diez (10) de diciembre de 2018, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Táchira, de conformidad con los artículos 175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Repone la causa al estado que un Juez de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Táchira, distinto al que dictó la decisión impugnada, realice.....