En este estado el Tribunal declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el 50% sobre inmueble antes descrito que le pertenece al demandado ISRAEL MORA CHACÓN, hasta cubrir la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES SIN CÉNTIMOS, (Bs. 294.000,00), monto éste decretado por el Juzgado de la Causa, y en consecuencia declara su DESPOSESION JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil.