ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NO. 5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SE ADMITE totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del ciudadano EDGAR ENRIQUE MARQUEZ VIVAS, quien dice ser de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cedula de identidad N° V.- 9.355.044, de 42 años de edad, nacido en fecha 05-07-1964, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio electricista, y residenciado en el Barrio Los Rosales, calle 5, N° 1-107, Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el ordinal 2° del artículo 420 del Código Penal, en concordancia con el articulo 415 del Código Penal, artículos 152 y 254 numeral 2, literal b del Reglamento de la Ley de Transito Terrestre, en perjuicio del ciudadano Abrahán Medida Dueñez, ya que existen fundamentos serios para el enju.....