Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por la ciudadana: NEYDA MERCEDES BLANCO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.501.884. CONTRA el ciudadano JOSE GREGORIO COLMENARES VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-10.168.163, y en consecuencia, RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado promovido en el presente proceso, el cual corre al folio cuatro (04) del presente expediente.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del T.....