"...este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, Supra-identificado, visto el Decreto dictado por el Tribunal de la Causa, y la declaración realizada por la ciudadana MARELVIS ROJAS PARADA, asistido por la Abogada SOLANGE ASTRID ARIAS DURAN, actuando en su condición de Defensora Publica Tercera de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ya identificadas, donde manifestó haber recibido en este acto la cantidad de dinero liquida y exigible en efectivo y de curso legal en el país, de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.500,00), quedando comprometido la parte demandada a cancelar el restante de la cantidad de MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.578,00), para el día quince (15) de Septiembre del año 2013. Teniendo en cuenta lo dispuesto en nuestra Carta Magna la cual establece en su artículo 253 los Medios Alternos de Solución de Conflictos como formando parte del Sistema de Justicia Venezola.....