PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Partición de comunidad sucesoral intentada por NELSON ANTONIO RAMIREZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad, civilmente hábiles, titular de la cédula de identidad N°. V-5.029.639, inscrito en el Inpreabogado N° 167.058, con domicilio Procesal en la Urbanización Asojunvi, casa N° 24, Palo Gordo, Municipio Cárdenas del Estado Táchira y ANDRES RAMIREZ CORREDOR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 9.229.630, domiciliado en la vereda N° 7, casa N° 7-115, Barrio Bella Vista, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira en contra de: ANDREA MELINDA RAMIREZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.925.139, y YADILKA ALIXSANDRA RAMIREZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.925.138. de este domicilio y hábiles.
SEGUNDO: SE ORDENA de conformidad con el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, el Nombramiento del Partidor a las diez de la mañana .....