Este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas llevo a cabo el desalojo del inmueble y por cuanto la parte demandada no se hizo presente, se procedio a inventariar los bienes muebles decretandose deposito necesario de los mismos, entregandolos a la Depsoitaria judicial La SEguridad, una vez libre de bienes y personas se le hace entrega del local comercial a la parte actora.