EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha dieciséis (16) de junio de 2009 por el apoderado de la parte demandante, abogado Helmisan Beiruti Rosales, contra la decisión de fecha veintiocho (28) de mayo de 2009 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha veintiocho (28) de mayo de 2009 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Queda CONFIRMADA la decisión apelada.