declara:
PRIMERO: Se declara competente para el conocimiento del presente recurso de abstención o carencia.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE el recurso de abstención o carencia interpuesto por el ciudadano Carlos Luis Prada Ortega, titular de la cédula de identidad N°. V-25.713.196, asistido por el Abogado Jesús Alfreny Jiménez Mora, titular de la cédula de identidad N° V-20.880.391, inscrito en el IPSA bajo el Nº 245.776, en contra de la Universidad Católica del Táchira (UCAT) por órgano de la Consultoría Jurídica.