DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte presuntamente agraviante en fecha 12 de noviembre de 2010, contra decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 09 de noviembre de 2010. En consecuencia, SE CONFIRMA el fallo apelado.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los ciudadanos JOEL ALEXANDER CARRERO VARELA y NUBIA RAMÍREZ TARAZONA.
TERCERO: SE ORDENA a la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, acatar el contenido de las Providencias Administrativas Nos. 302 y 418 de fechas 12 y 27 de marzo de 2.....