PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 7.000,00), cantidad que comprende los conceptos reclamados en la demanda, derivados de la terminación de la relación laboral que existió entre las partes, distribuidos así: a la Ciudadana MARTA MARIA DELGADO CONTRERAS le corresponde la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) y al Ciudadano YEFFERSON JOSÉ CONTRERAS GUERRERO, la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagos que la parte demandada se compromete a efectuar en su totalidad el día 08 de febrero de 2011 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por ninguno de los conceptos reclamados en la demanda, razón por la cual dan por extinguida la deud.....