PRIMERO: CON LUGAR, la acción incoada por la ciudadana MARTA EMILIA URBANO MURILLO, colombiana, soltera, titular de la cédula de identidad N° E- 84.473.716, domiciliada en la vereda 4, casa 20-123, sector 12 de Octubre en San Rafael, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en contra de los ciudadanos: MARIA JOSEFINA COLMENARES DE RAMIREZ y GABRIEL ANGEL RAMIREZ QUEVEDO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad No. V-5.988.081 y 1.536.333, domiciliado en San Rafael vía Cordero, vereda 4, N° 34, Estado Táchira, padres del fallecido Cesar Humberto Ramírez Colmenares, titular de la cédula de identidad N° V- 10.148.001, por RECONOCIMIENTO DE LA UNION ESTABLE DE HECHO.
SEGUNDO: Se declara la existencia de comunidad Concubinaria entre los ciudadanos ya identificados DESDE EL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 1997 HASTA EL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2012.
TERCERO: De conformidad con el último aparte del artículo 507 del Código Civil, se acuerda la publicación en un p.....