Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juez Primera de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE A LA CIUDADANA LISETT CAROLINA DUQUE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.612.508, para que en nombre y representación de su hija la niña: (se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013 tramite por ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales o cualquier Organismo Publico y/o Privado, el cobro de beneficios que le pueda corresponder a los mencionados niña, por la muerte de su Progenitor, el causante JOSE MANOLO CEGARRA ZAMBRANO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular.....