DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Único: inadmisible el recurso de apelación, interpuesto en fecha ocho (08) de junio del año 2022, por el Abogado Cristian Jonhatan Faria, actuando con el carácter de defensor privado de la ciudadana Rina Paola Monroy Castañeda –imputada de autos-, contra la decisión dictada en fecha siete (07) de junio del año 2022, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en estricto apego al criterio reiterado del Tribunal Supremo de Justicia citado en la presente decisión y de conformidad con lo establecido en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal.