En este estado el Tribunal procede a hacer entrega formal del presente inmueble a la apoderada judicial de la parte actora quien lo recibe conforme y en el estado que se encuentra. Se deja constancia que el ciudadano FRANCISCO JAVIER QUINTERO LÓPEZ, ya identificado continua ocupando el local comercial junto con su núcleo familiar, y que dicho local no fue objeto de la presente medida de entrega por cuanto se encuentra amparado por el decreto con rango, valor y fuerza de ley contra el desalojo y la desocupación arbitraria de viviendas de fecha cinco de mayo del dos mil once, decreto Nº 8190 publicado en la gaceta oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 39668, el cual prohíbe la desocupación de inmuebles destinados a vivienda principal, en tal sentido este tribunal ejecutor se abstuvo de efectuar la entrega ordenada únicamente en lo que respecta a dicha área.