declara: PRIMERO: Con lugar, el ofrecimiento de Obligación de Manutención; presentado por el ciudadano JOSE GREGORIO CHACON QUINTERO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.596.375, en contra de la ciudadana ISIS CAROLINA PINTO SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.288.558, en beneficio de sus dos hijas de dos (2) y tres (3) años de edad, quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de MIL DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs.1.280,oo) mensuales los cuales deben ser depositados en la cuenta de ahorro que ordene este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario y para el mes de septiembre el bono de útiles escolares que da Politachira mas la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,oo) y para el mes de diciembre la cantidad adicional de SIETE MIL BOLIVARES (Bs. 7.000,oo) por concepto ropa, calzado y gastos navideños. Así como el pago del alquiler de vivienda por la cantidad de Quinientos Bol.....