Visto que las partes conciliaron todos los puntos sujetos a discusión y que dicho acuerdo se corresponde a derechos disponibles; este Juzgado HOMOLOGA, los puntos acordados en la audiencia
conciliatoria y le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 261 del Código de Procedimiento Civil, En consecuencia se suspende el archivo del expediente, una vez las partes hayan dado cumplimiento a lo acordado. CUMPLASE.
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. ROSARIO ELENA DUQUE ARIAS.
LA SECRETARIA
ABOG. CLAUDIA L. SIERRA J.
EXP.N° 1584
EDC