Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida PERSONA DESCONOCIDA, por el delito de CONTRABANDO, en perjuicio de: EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-