Por las razones expuestas y como quiera que los entre los ciudadanos Erika Margareth Chacón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.085.895, domiciliada en Michelena del Estado Tachira y José Gregorio Escalante Castañeda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.352.453, domiciliado en la urbanización Rio Grita bloque 11 apto 01-04 la Fría Estado Táchira, realizaron un convenimiento sobre la Obligación de Manutención, cumpliendo con todas las formalidades de la Ley, este Tribunal HOMOLOGA, el convenimiento celebrado entre las partes, en fecha 13 de marzo del 2017. Se da carácter de cosa juzgada y así se declara