funcionarios del estado civil.
Por lo tanto, esta Jueza Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de RECONOCIMIENTO INCIDENTAL, formulada por el ciudadano JENNY TIBISAY MIRANDA CUBIDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 28.156.103, en beneficio de la niña(se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.), de conformidad con lo establecido en el articulo 56 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; En tal sentido, se deberá estampar la correspondiente nota marginal de reconocimiento, en el acta de nacimiento 3792/2015, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 10 de noviembre del 2015. Líbrese oficios al registro Civ.....