PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, mediante escrito de fecha 13 de enero de 2009.
SEGUNDO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares vía intimación interpuesta por el ciudadano Felipe Cruz, contra el ciudadano Noel Suárez Acosta. En consecuencia, SE CONDENA a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad, debidamente indexada, de tres millones cien mil bolívares (Bs. 3.100.000,00) equivalente actual a tres mil cien bolívares (Bs. 3.100,00) a que asciende el principal del capital adeudado. Y en observancia del principio de la "prohibición de reformatio in peius," se CONDENA a pagar los intereses legales demora, sobre el capital, causados desde la fecha del auto de admisión de la demanda hasta el día de hoy, o sea veintiún (21) meses, los cuales alcanzan la suma de mil novecientos cincuenta y tres bolívares (Bs. 1.953,00) a razón del 3% anual, o el 0,25% mensual. Y se ACUERDA realizar la indexaci.....