PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención interpuesta por la ciudadana MEZA DIAZ NORLEY NORAIDA contra el ciudadano JEISSON JOSÉ AZUAJE, ampliamente identificados, en beneficio de su hijo ya mencionado y se fija el Aumento de la Obligación de manutención en la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES ( Bs. 300,oo) mensuales, así como un monto adicional por igual monto al establecido como Aumento de Obligación de Manutención, durante los meses de Agosto y Diciembre de cada año a los fines de cubrir gastos escolares y de fin de año.
SEGUNDO: El obligado deberá cancelar las Obligaciones de Manutención que tiene atrasadas desde el 20-12-2007 hasta la presente fecha, adeudando un total de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES ( Bs, 2500,oo), a razón de CIEN BOLIVARES MENSUALES. incluidas las cuotas especiales correspondientes a los meses de septiembre y diciembre