PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 21 de enero de 2011.
SEGUNDO: Admite las pruebas promovidas por la representación judicial de la parte actora, mediante los escritos consignados en fechas 14 de octubre de 2010 y 08 de diciembre de 2010, salvo su apreciación en la definitiva.
TERCERO: REVOCA los autos de fecha 19 de enero de 2011 dictados por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, corrientes a los folio 32 y 33 del presente expediente, objeto de apelación.
CUARTO: No hay condenatoria en costas.