Este Juzgador del estudio de las actas procesales y por cuanto se evidencia que el obligado para responder por la fijación de las cuotas por Obligación de Manutención mensuales ofreció DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000) tal y como se desprende en el ofrecimiento de fecha 16 de Mayo de 2017 ante este Tribunal. En consecuencia este juzgador, considera que existen suficientes elementos probatorios de los cuales se desprenden que el obligado, ciudadano: JUAN CARLOS ACEVEDO PÉREZ, tiene para responder con una obligación de manutención para sus hijos